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Prevengamos la Desaparición Forzada durante la protesta social.

8 may 2021
1 min de lectura

Actualizado: 16 may 2021






Descripción de la imagen: Imagotipo de Voces de Inclusión en diversos colores con la frase “Espacios para reconocer las diferencias”.


En Colombia, según la Constitución Política y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ninguna persona puede ser objeto de Desaparición Forzada.


• Si ves que la Policía Nacional o personas de civil se llevan a alguien que se opone o pide auxilio, procura preguntar el nombre y documento de identidad a la víctima.


• Si puedes, toma una foto, graba un video o un audio con tu celular. Si te es factible transmite en vivo en tus redes sociales.


• Al momento de grabar indica la fecha y hora, así como el lugar en que te encuentras.


• Procura captar el vestuario de la Policía para establecer si tienen números distintivos y placas de motos, carros, camiones o cualquier vehículo en que sea trasladada la persona y del personal presente.


• El artículo 21 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016) faculta a cualquier persona a grabar los procedimientos policiales.


• Recuerda que el tiempo es muy importante para ubicar el paradero de una persona.


• El Mecanismo de Búsqueda Urgente de Personas Desaparecidas es diferente de la denuncia penal. Esta herramienta está prevista en la Ley 971 de 2005.


• Si necesitas apoyo, contáctanos: Correo electrónico: vocesddhh@gmail.com. WhatsApp 3197526161.

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