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Prevengamos la Desaparición Forzada durante la protesta social.






Descripción de la imagen: Imagotipo de Voces de Inclusión en diversos colores con la frase “Espacios para reconocer las diferencias”.


En Colombia, según la Constitución Política y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ninguna persona puede ser objeto de Desaparición Forzada.


• Si ves que la Policía Nacional o personas de civil se llevan a alguien que se opone o pide auxilio, procura preguntar el nombre y documento de identidad a la víctima.


• Si puedes, toma una foto, graba un video o un audio con tu celular. Si te es factible transmite en vivo en tus redes sociales.


• Al momento de grabar indica la fecha y hora, así como el lugar en que te encuentras.


• Procura captar el vestuario de la Policía para establecer si tienen números distintivos y placas de motos, carros, camiones o cualquier vehículo en que sea trasladada la persona y del personal presente.


• El artículo 21 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016) faculta a cualquier persona a grabar los procedimientos policiales.


• Recuerda que el tiempo es muy importante para ubicar el paradero de una persona.


El Mecanismo de Búsqueda Urgente de Personas Desaparecidas es diferente de la denuncia penal. Esta herramienta está prevista en la Ley 971 de 2005.


Si necesitas apoyo, contáctanos: Correo electrónico: vocesddhh@gmail.com. WhatsApp 3197526161.

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